
La medida firmada por el presidente Danilo Medina, está contenida en el decreto número 157-16, que será dado a conocer por la Dirección de Información y Prensa de la Presidencia de la República.
En la disposición se consigna que quedan exceptuados de la aplicación, las entidades de servicios públicos, tales como hospitales, bomberos, transportes, guardianes privados y otros similares, los cuales deberán realizar sus labores en forma habitual.
En tales caso, se establece que los empleadores y directores de esas entidades, deberán adoptar medidas que permitan el ejercicio del derecho al voto de sus trabajadores o empleados.